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Generación de modelo 347 con su software de gestión

modelo347

Un buen software de gestión ERP tiene que tener la posibilidad de generar el modelo 347, a continuación explicamos en que consiste, cuando presentarlo y sus pormenores.

¿Qué es el modelo 347?

Entre las diferentes declaraciones informativas de la Agencia Tributaria, el modelo 347 nos informa sobre las operaciones anuales a terceras personas. Por ejemplo, si has realizado operaciones comerciales con un cliente o proveedor por un valor superior a 3.005,06 euros en todo el año, has de informar al fisco mediante el modelo 347.

En la declaración del Modelo 347 se desglosa la información sobre estas operaciones de forma trimestral. Se tasarán de forma separada las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios. Trimestralmente contaremos con un importe de ventas o compras, cabe la posibilidad que el importe de las operaciones trimestrales sea inferior a 3.005,06 euros. El volumen de operaciones trimestral se contabilizará según los criterios de contabilización de la Ley del IVA. Por norma general, la fecha del devengo del impuesto será la fecha que debemos estimar para un trimestre u otro.

¿Cuando presentamos el modelo 347?

Lo tenemos que presentar en febrero de cada año con carácter obligatorio. Presentarán el modelo 347 todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como las entidades a lo que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria (entidades en atribución de rentas), que desarrollen actividades empresariales o profesionales con terceras personas por importe superior a 3.005,06 euros durante el ejercicio.

También estarán obligadas a declarar el modelo 347 las sociedades, los colegios profesionales, las asociaciones u otras entidades que realicen la de cobro, por cuenta de sus socios, asociados o colegiados, de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad intelectual, de autor u otros estarán obligadas a declarar.

En el caso en que no se presente el Modelo 347 se estará incurriendo en una infracción tributaria tipificada en el artículo 93 y 94 del Ley General Tributaria con una sanción fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que se haya omitido, con un mínimo de 300 y un máximo de 20.000 euros.

 

El módelo 347 en su software de gestión

Con OnERP, le resultara muy sencillo generar el modelo 347, sólo tiene que parametrizar el formulario y le generará de forma automática el fichero que tendrá que presentar de manera telemática.

 

ejemploModelo347

Desde OnERP le invitamos a que pruebe nuestra solución de gestión ERP para que pueda comprobar las ventajas que le puede aportar, a la hora de gestionar su contabilidad y verá como le facilitar la tarea de rellenar el modelo 347.

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