Tramitar el Modelo 340 con su software de gestión

La generación del modelo 340, es una funcionalidad que no debe faltar en módulo de contabilidad de un buen software de gestión empresarial.

¿Qué es el Modelo 340?

El modelo 340 de la agencia tributaria, es un documento de carácter meramente informativo, para mostrar a la agencia Tributaria con respecto a los libros de registro de IVA. Consta de todos aquellos datos contables que sirven de soporte a la liquidación del IVA en cada trimestre.

¿Cuando fue aprobado el Modelo 340 y quien esta obligado a presentarlo?

El modelo 340, fue aprobado por el Real Decreto 1065/2007 y tiene carácter obligatorio para todos los contribuyentes que tengan que presentar declaraciones del Impuesto sobre Sociedades, IVA o IGIC (Impuesto General Indirecto Canario).La presentación es obligatoria desde el año 2014.

El modelo 340 será obligatorio exclusivamente para aquellas empresas que se encuentren inscritas en el REDEME, iniciales del Régimen Especial de Devolución Mensual de IVA. Esta inscripción permite a las empresas la liquidación del IVA de forma mensual, en vez de trimestral.

¿Cuál es el plazo de presentación del Modelo 340?

El plazo es el mismo que el de la presentación de la autoliquidación de IVA a la que va referido. El periodo de presentación del modelo 340 va ligado a la presentación del modelo 303, o al modelo 322 para aquellos sujetos pasivos que formen parte de un grupo de entidades,  y tiene que presentarse independientemente del resultado del modelo 303 o modelo 353 correspondiente.

Dado que los sujetos pasivos obligados a la presentación de esta declaración están inscritos en el registro de devolución mensual (REDEME), la presentación será mensual.

¿Cuál es el procedimiento para su presentación?

Al estar inscrito en devolución de IVA mensual es obligatorio presentar el modelo 340 de forma telemática a través de la página de la Agencia Tributaria.

Para poder presentarlos por Internet, necesitas:

  • Sociedades: certificado digital de forma obligatoria.
  • Autónomos: certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico.

Si la declaración contiene menos de 5.000.000 de registros deberá presentarse por vía telemática, utilizando un certificado de firma digital. Las declaraciones que contengan a más de 5.000.000 registros se remitirán en soporte directamente legible por ordenador (DVD). La presentación deberá efectuarse a continuación de la autoliquidación de IVA o IGIC. En la declaración se hará constar el código electrónico de la autoliquidación a la que va referida.

¿Qué información se tiene que incluir en el Modelo 340?

  • Libro registro de facturas emitidas.
  • Libro registro de facturas recibidas.
  • El registro de determinadas operaciones intracomunitarias.
  • Las operaciones anotadas en el libro registro de bienes de inversión durante todo el ejercicio o las del último período de liquidación en el que hayan desarrollado actividad en caso de baja de actividad.

Desde OnERP le invitamos a que pruebe nuestra solución de gestión ERP para que pueda comprobar las ventajas que le puede aportar, a la hora de gestionar su contabilidad y verá como le facilitar la tarea de rellenar el modelo 340.



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