Cuando se crea un nuevo negocio, suelen surgir dudas relacionadas en lo que respecta a las obligaciones fiscales. Algunas de ellas están relacionadas con el recargo de equivalencia. En el siguiente artículo, explicaremos que es el recargo de equivalencia del IVA, que tipos de recargo existen, que obligaciones de facturación y contabilización implica y algunos consejos para aplicarlos.
¿En qué consiste el Recargo de equivalencia?
El recargo de equivalencia es un régimen especial de IVA, obligatorio para comerciantes minoristas que no realicen ningún tipo de transformación en los productos que venden, es decir, para comerciantes autónomos que vendan al cliente final. Se aplica tanto a personas físicas de alta en autónomos como a las comunidades de bienes.
Existen algunas excepciones que nos permiten eludir este régimen. Por ejemplo, si más del 20% de nuestra facturación se realizara a autónomos o empresas, podemos aplicar el régimen general de IVA en el ejercicio fiscal siguiente. Podemos mantenernos así durante el siguiente año fiscal siempre y cuando mantengamos este porcentaje pudiéndolo justificar con las facturas y documentos correspondientes.
¿Qué tipos del recargo de equivalencia existen?
Los proveedores le repercuten en la factura el IVA correspondiente más el recargo de equivalencia por separado y a los siguientes tipos:
- El 5,2% para los artículos que tienen un IVA al tipo general del 21%.
- El 1,4% para los artículos que tienen un IVA al tipo reducido del 10%.
- El 0,5% para los artículos que tienen un IVA al tipo reducido del 4%.
En la factura constará la base imponible, el IVA y, en función de este, un recargo de equivalencia que también se calcula sobre la base imponible.
¿Qué obligaciones en la facturación incluye el recargo de equivalencia?
El hecho de estar sujeto al pago del recargo de equivalencia, implica cumplir ciertas obligaciones tanto con los proveedores como con Hacienda.
Por una parte no se tiene que presentar declaraciones de IVA (modelo 303 y 390 de IVA) y tampoco se tiene que llevar un libro del IVA a diferencia del resto de autónomos y sociedades que si están obligados a llevarlo. Tampoco es obligatorio emitir facturas si los clientes no las solicitan. Por otra parte, se tiene que pagar un IVA más elevado.
En la parte del proveedor, este tiene que presentar obligatoriamente la declaración del IVA a hacienda, además también tendrá que declarar el recargo como si fuera IVA repercutido.
¿Cómo se contabiliza el recargo de equivalencia?
Aplicar este régimen tiene una serie de implicaciones contables:
- Los proveedores deberán facturar a sus clientes el recargo de equivalencia, repercutiendo el IVA y también el porcentaje de este en la misma factura y sobre la misma base imponible.
- El comerciante minorista repercute el IVA, pero no lo liquida ni lo ingresa.
- Cuando el comerciante realice adquisiciones intracomunitarias, importaciones o adquisiciones de bienes, y sea el propio comerciante el sujeto pasivo. En este caso, estará obligado a liquidar y pagar el impuesto y el recargo.
- El comerciante minorista deberá acreditar ante los proveedores o ante la Aduana, que está sometido al recargo de equivalencia, para que le puedan repercutir el recargo correspondiente.
¿Cómo podemos emitir y contabilizar facturas con recargo de equivalencia?
Emitir y contabilizar facturas con recargo de equivalencia puede ser complicado, ya que se pueden cometer errores humanos al realizar los cálculos. La mejor opción es un buen software de gestión online que permita realizar estas operaciones de manera fácil y automática.
En OnERP se pueden emitir como recibir facturas con recargo de equivalencia. El sistema aplicará a las facturas los porcentajes de IVA y recargo de equivalencia de forma automática, simplificando mucho esta tarea, permitiéndonos ahorrar mucho tiempo.
Prueba gratis OnERP, software de gestión para su empresa
Desde OnERP le invitamos a que pruebe nuestra solución de gestión ERP, ya que estamos preparados para ofrecer óptimos resultados en la gestión de la facturación de su empresa. Le podemos realizar una sesión online gratuita, Si viene de otro programa de gestión, le importamos de forma gratuita los datos al sistema OnERP.
Pruebe OnERP de forma gratuita sin ninguna limitación ni compromiso durante 15 días. Podrá probar todas las funcionalidades de nuestro sistema ERP y comprobar si se ajusta a lo que está buscando. Tenemos una solución de gestión con módulos de ventas, compras gestión de cobros y pagos, TPV, gestión de almacén, CRM, cuadro de mando, contabilidad, gestión documental, producción, gestión de proyectos, conexión con tiendas Prestashop y muchas otras funcionalidades. Para más información no dude en ponerse en contacto.